Colegio Profesional de Asistentes Sociales de Santa Fe

Información institucional de utilidad para colegas

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La Comisión Directiva les remite información institucional importante para tener en cuenta.

1) En las reuniones de Directorio (realizadas cada 15 días por estatuto) se visan, evalúan y autorizan:
* Solicitud de matriculación en su control y otorgamiento, con la presentación de la documentación solicitada y pertinente a la misma.
* Solicitud de baja de matrícula, con presentación de nota al Directorio realizada por el matriculado con firma, aclaración, DNI y número de matrícula. A la solicitud de la misma adjuntar la credencial habilitante al ejercicio profesional, en caso de haberla perdido se debe adjuntar certificado de pérdida extendido por la policía. (Art 9 – g Deberes y Obligaciones del Colegiado).
* Solicitud de cuota especial, teniendo en cuenta los requisitos del Estatuto, con nota del matriculado con firma, aclaración, DNI y número de matrícula (Fotocopia de DNI y credencial, negativa de Anses, certificación de desempleo). Vencido el plazo queda a criterio del colega su situación dar de baja su matrícula entregando su credencial al Colegio (en caso de haberla perdido se debe adjuntar certificado de pérdida extendido por la policía) o bien continuar con la cuota de pago total. El otorgamiento de la cuota especial se aplica en los siguientes casos:
– Colegiados que no ejerzan la profesión y que tengan una antigüedad en la matrícula del Colegio de hasta dos (2) años y presenten certificado de desempleo de la Secretaria de Trabajo.
– Colegiados que se ausenten de la jurisdicción del Colegio por un plazo superior a seis (6) meses.
* Solicitud de baja de matriculación de colegas jubilados, con presentación de nota al Directorio realizada por el matriculado con firma, aclaración, DNI y numero de matrícula, entregando su credencial al Colegio (en caso de haberla perdido se debe adjuntar certificado de pérdida extendido por la policía) en caso que el colega quiera solicitarla; caso contrario, el matriculado jubilado puede seguir abonando su cuota social. Cabe aclarar que su jubilación es independiente a la baja de matrícula, la misma debe ser requerida al Colegio Profesional.
 
2) Las solicitudes de certificaciones de matriculación se realizan con presentación de nota al Directorio realizada por el matriculado con firma, aclaración, DNI y número de matrícula; pudiendo realizarse por correo electrónico y con antelación. La misma tiene un abono por gasto administrativo.
 
3) La Secretaria de Hacienda continúa con la política de mejorar la gestión de cobranzas y convenios en la regularización de deudas a los colegas en situación de mora, realizando las correspondientes derivaciones al Área jurídico – legal y Tribunal de Ética y Disciplina para el cobro de las mismas en aquellos casos previstos por el estatuto, y realizando las acciones pertinentes a cada situación. Cabe aclarar que a estas regularizaciones se le suman los gastos de gestión que refieren a los insumos de distinta índole (envíos de correspondencia, gastos administrativos).
El Estatuto indica en su:
Art. 3 – 2) “Controlar el ejercicio de la profesión denunciado toda práctica ilegal o desleal de la misma, ejerciendo las facultades que le confiere la ley en defensa de los intereses profesionales. Deberá actuar de inmediato promoviendo las acciones que correspondan, incluso las penales, cuando se detecten violaciones a la norma…”
Art 9 – h) “Pagar en tiempo y forma las cuotas sociales, periódicas ordinarias o extraordinarias que establezca el Directorio mientras se mantenga la vigencia de la matrícula”.
Es decir, el colega que cumple con lo establecido por el estatuto y el Código de Ética y Disciplina está solventando el incumplimiento de quienes no pagan. No es una cuestión de Comisión o de Directorio, es norma institucional, por ende hacerla cumplir es derecho y deber, en definitiva es justicia.
Señalamos que, según el Estatuto, la situación de morosidad constituye una falta y que faculta al directorio a solicitar el pago total del mismo mediante proceso judicial, el cual esta gestión de gobierno tiene la decisión política de llevar adelante en su cumplimiento estatutario.
El pago mensual de la cuota social del Colegio es la responsabilidad y el compromiso particular que tenemos todos y cada de los matriculados. No cumplirla es una falta que incumple con nuestros deberes y obligaciones en el ejercicio legal de nuestra profesión.
 
Defendamos este principio ético de nuestras prácticas profesionales y démosle la legitimidad que corresponde.

 

Presidenta Lic. Vanina Gómez y Comisión Directiva

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